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CUIDAD QUE FLORECE

lunes, 7 de julio de 2014

Leyes secundarias en telecomunicaciones: Ahorros y calidad para los usuarios.

ARTICULISTA INVITADO


En México se tiene la convicción y el compromiso social para combatir las prácticas monopólicas y fomentar la competencia mediante la diversidad.
Después de 17 horas de discutir los dictámenes relativos a las leyes secundarias en materia de telecomunicaciones, en la madrugada del pasado sábado en el Senado de la República se aprobaron las leyes Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, para cumplir el compromiso de impulsar una competencia leal para mejorar los sectores de telecomunicaciones (telefonía fija, móvil, internet y televisión de paga) y radiodifusión (televisión abierta y radio) en México.
Como bien lo señala Emilio Gamboa Patrón, líder de los senadores priístas, las leyes aprobadas sólo benefician a los usuarios y se esperan beneficios tangibles e inmediatos en el bolsillo de los mexicanos, así como en la calidad, opciones y gama de contenido en los servicios. Beneficios que trato de resumir a continuación:

Telefonía:
partir del 1 de enero del año 2015 se eliminan los cobros por larga distancia en telefonía fija y de roaming en telefonía móvil por las llamadas realizadas a cualquier parte del país, para lo cual los concesionarios realizarán la consolidación de las áreas de servicio local; además de limitar las llamadas que promueven servicios o paquetes telefónicos salvo que los usuarios hayan dado su consentimiento.
También, se amplía el tiempo para hacer uso del saldo de las tarjetas telefónicas de prepago, al pasar de dos meses a un año antes que las empresas lo cancelen y puedan consultar su saldo de forma gratuita.
Por otra parte, las empresas se verán obligadas a desbloquear los equipos de telefonía móvil cuando estos se paguen de contado, se liquide su costo o venza el plazo contratado, aunado a que se acaba con la exclusividad en la venta de teléfonos celulares, sin importar la empresa y marca del equipo.
Otros aspectos en telefonía que serán obligatorios para las empresas prestadoras del servicio, será agilizar el trámite y sin costo para que los usuarios cambien de proveedor sin perder su número; se pueda rescindir el contrato sin penalización alguna en caso de que las compañías cambien las condiciones originalmente contratadas; aunado a que deberán bonificar o descontar por fallas en el servicio telefónico o por cargos indebidos.
Respecto al servicio de geolocalización este se declaró constitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quedando establecido que está limitada a la investigación de delitos graves y se faculta a las autoridades de procuración de justicia solicitarlo cuando la investigación del delito lo requiera. Para ello, los concesionarios tendrán que conservar la información durante 12 meses en sus sistemas para consultar y entregarlo en tiempo real cuando lo requiera la autoridad y, 12 meses adicionales en sus sistemas de almacenamiento para entregarlo dentro de las 48 horas a partir de su notificación.

Internet:
Uno más de los beneficios para la población, lo representa la cobertura universal en Internet, para lo cual, de manera paulatina, se realizarán las conexiones que faciliten el acceso a banda ancha, siendo prioritarios aproximadamente 250 mil sitios públicos, tales como escuelas, edificios de gobierno, y hospitales.
Además, los concesionarios y los autorizados deberán prestar el servicio de acceso a Internet respetando la capacidad, velocidad y calidad contratada por el usuario, con independencia del contenido, preservando en todo momento la privacidad del usuario y la seguridad de la red.
Se prohíbe a los concesionarios inspeccionar el contenido del tráfico garantizando con esto el derecho a la privacidad de la comunicación, así como la eliminación de bloquear el acceso a contenidos aplicaciones y servicios, salvo por solicitud del usuario o de una autoridad competente.
Se elimina la posibilidad de realizar bloqueos, inhibir o anular las señales (incluye señal de teléfono) en eventos y lugares “críticos”, estableciéndose el bloqueo sólo para los centros penitenciarios.

Televisión:
Las empresas de televisión abierta permitirán la transmisión de su programación y las empresas de televisión de paga estarán obligadas a transmitirla sin costo adicional para los usuarios.
Se creará una cadena de televisión del Estado y con las dos nuevas cadenas de televisión abierta con cobertura nacional que están en proceso de licitación se logrará una competencia sana y efectiva en este sector.
De las 6 a.m. a las 24 horas deberán contar con subtitulaje o doblaje al español y con el servicio de lengua de señas mexicana para la accesibilidad a personas con debilidad auditiva y deberán estar disponibles en algún segmento de al menos uno de los programas noticiosos de mayor audiencia y los concesionarios públicos en toda su programación.
Para el 31 de diciembre del 2015, toda la televisión será de calidad digital para lo cual se entregarán equipos-receptores y decodificadores a la población.
Se regula la publicidad comercial en la televisión abierta a fin de que ésta no exceda del 18 por ciento del tiempo total de transmisión de cada canal de programación; de hasta 6 minutos de publicidad en cada hora de transmisión en los canales de televisión de paga y de a los de uso social hasta 6 por ciento del tiempo total de transmisión. Quedando exceptuados solamente los canales dedicados exclusivamente a la oferta de productos.

Radio:
Se da claridad a las concesiones sociales, indígenas y comunitarias, para lo cual se reducen los requisitos para el otorgamiento de este tipo de concesiones y que tienen como objetivo prestar servicios con propósitos educativos, científicos o educativos sin fines de lucro, para la promoción de la cultura, identidad, costumbres y lenguas.
Las concesiones de uso social comunitaria se podrán otorgar a organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro, mientras que las de uso indígena a los pueblos y comunidades indígenas del país
Se permite a los concesionarios de uso social que obtengan ingresos públicos por la venta de publicidad de hasta el 1 por ciento del presupuesto destinado a la comunicación social distribuido de manera equitativa entre los existentes.
Las estaciones de radio abierta no podrán destinar a publicidad comercial más del 40 por ciento del tiempo real de transmisión de cada canal de programación. A su vez, los concesionarios de audio restringidos podrán transmitirla hasta seis minutos en cada hora de transmisión, y los concesionarios de uso social podrán destinar hasta 14 por ciento de su transmisión para publicidad.

Finalizo comentándoles que las reformas aprobadas en materia de telecomunicaciones son producto de meses de diálogo y trabajo legislativo, así como por la determinación del presidente Enrique Peña Nieto de plantear como prioritario, en la agenda nacional, el impulso a las telecomunicaciones y radiodifusión en beneficio de los mexicanos.
El espíritu de estas leyes secundarias es que haya más competidores que mejoren precios y calidad en los servicios, que toda la población tenga acceso a las telecomunicaciones y se ponga un freno al abuso que se venía cometiendo en este importante sector para el país, para lo cual se podrá sancionar al que no cumpla con el estándar de calidad y restituir a los usuarios afectados.
Expreso desde este espacio mi reconocimiento a los senadores la República de esta LXIII Legislatura. Toca el turno a la Cámara de Diputados, donde se prevé se discuta el próximo martes y, si son avaladas sin cambios dichas reformas, se turnen al gobierno federal para su promulgación.

Instagram: hectoryuneslanda
Tw: @HectorYunes

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